Consultas, Reclamaciones y Aclaraciones

Consultas y Reclamaciones

Banco Forjadores, S.A., Institución de Banca Múltiple cuenta con una Unidad Especializada cuyo objeto es atender consultas y reclamaciones de los Usuarios. Recibimos sus consultas, reclamaciones o aclaraciones por cualquiera de los siguientes medios:

Correo electrónico: unidad_especializada@forjadores.com.mx

Mediante el teléfono: (55) 5611-2450 y 800 830 0005

De manera presencial en las oficinas de servicios

Para presentar cualquier consulta, aclaración o reclamación usted deberá presentar su identificación oficial, una narración de los hechos que originan su aclaración, consulta o reclamación y los documentos relacionados.

Atenderemos sus consultas y reclamaciones dentro de un plazo que no exceda de 30 días hábiles contados a partir de su fecha de recepción.

Adicionalmente, cuando el Cliente no esté de acuerdo con alguno de los movimientos que aparezcan en el estado de cuenta respectivo o en la relación de sus saldos y movimientos, podrá presentar una solicitud de aclaración dentro del plazo de noventa días naturales contados a partir de la fecha de corte o, en su caso, de la realización de la operación o del servicio.

La solicitud respectiva podrá presentarse ante la oficina de servicios en que contrató su crédito, o bien, en la unidad especializada de Banco Forjadores, mediante escrito, correo electrónico o cualquier otro medio por el que se pueda comprobar fehacientemente su recepción. En todos los casos, Banco Forjadores estará obligada a acusar recibo de dicha solicitud. Tratándose de cantidades a cargo del Cliente dispuestas mediante cualquier mecanismo determinado al efecto por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros en disposiciones de carácter general, el Cliente tendrá el derecho de no realizar el pago cuya aclaración solicita, así como el de cualquier otra cantidad relacionada con dicho pago, hasta en tanto se resuelva la aclaración conforme al procedimiento aquí descrito.

Una vez recibida la solicitud de aclaración, Banco Forjadores tendrá un plazo máximo de cuarenta y cinco días para entregar al Cliente el dictamen correspondiente, anexando copia simple del documento o evidencia considerada para la emisión de dicho dictamen, con base en la información que obra en nuestro poder, así como un informe detallado en el que se respondan todos los hechos contenidos en la solicitud presentada por el Cliente. El dictamen e informe antes referidos se formularán por escrito y se suscribirán por personal facultado de Banco Forjadores. En el evento de que, conforme al dictamen que emita Banco Forjadores, resulte procedente el cobro del monto respectivo, el Cliente deberá hacer el pago de la cantidad a su cargo, incluyendo los intereses ordinarios conforme a lo pactado, sin que proceda el cobro de intereses moratorios y otros accesorios generados por la suspensión del pago realizada en términos de lo señalado en este apartado.

Dentro del plazo de cuarenta y cinco días naturales contado a partir de la entrega del dictamen a que se refiere la fracción anterior, Banco Forjadores pondrá a disposición del Cliente en la oficina de servicios en que contrató su crédito, o bien, en la unidad especializada, el expediente generado con motivo de la solicitud, así como a integrar en éste, bajo su más estricta responsabilidad, toda la documentación e información que obra en nuestro poder y que se relacione directamente con la solicitud de aclaración que corresponda y sin incluir datos correspondientes a operaciones relacionadas con terceras personas.

Lo antes dispuesto es sin perjuicio del derecho de los Clientes de acudir ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros o ante la autoridad jurisdiccional correspondiente conforme a las disposiciones legales aplicables. El procedimiento previsto en este apartado quedará sin efectos a partir de que el Cliente presente su demanda ante autoridad jurisdiccional o conduzca su reclamación en términos y plazos de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

Robo de identidad Banco Forjadores asume los riesgos y los montos de las reclamaciones que sus clientes presenten desconociendo la celebración presencial de contratos para realizar operaciones de crédito grupal, crédito individual e inversiones, cuando éstos sean llevados a cabo por terceras personas pretendiendo ser el cliente reclamante, siempre y cuando:

• No consten en el expediente de Banco Forjadores los datos y copias de los documentos de identificación del cliente que, en su caso, deben integrarse conforme a la normatividad y políticas internas aplicables, o bien, si dichos datos o documentos integrados presentan inconsistencias con aquellos presentados por el reclamante de los que se desprenda que se trata de personas distintas.

• Para levantar la reclamación, Banco Forjadores solo requiere que el reclamante presente su identificación oficial y la Clave Única de Registro de Población.

• Si procede la reclamación a favor del reclamante, Banco Forjadores abonará los montos respectivos, a más tardar, veinte días después de presentada la reclamación, y llevará a cabo las correspondientes aclaraciones ante las sociedades de información crediticia, además de proceder con la cancelación de la cuenta o del crédito de que se trate. Lo anterior sin perjuicio de las acciones judiciales que iniciare, en su caso, Banco Forjadores o el cliente de que se trate.”